Los sistemas de hidrantes contra incendios, estarán compuestos por una red de tuberías para agua de alimentación y los hidrantes necesarios.
Los hidrantes contra incendios, serán del tipo de columna o bajo tierra.
Los de columna deberán llevar el marcado CE, de conformidad con la norma UNE-EN 14384.
Los bajo tierra deberán llevar el marcado CE, de conformidad con la norma UNE-EN 14339.
Para asegurar los niveles de protección de los distintos hidrantes contra incendios, solo se admiten hidrantes de columna de rango de par «2» y de tipos «B» o «C». Cuando se prevean riesgos de heladas, solo se admitirán los de tipo «C». El mST, requerido para el tipo «C» será de 250 N·m. Solo se admiten hidrantes bajo tierra, con PFA de 1600 kPa (16 kg/cm2).
El enlace al RIPCI donde puedes encontrar toda la información al respecto es:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-6606
Los hidrantes contra incendios, alcanzarán el coeficiente de flujo, Kv (presión en bar y caudal en m3/h), indicado en la tabla siguiente, en función de las conexiones de entrada, de las salidas y de su número.
Los racores y mangueras, utilizados en los hidrantes contra incendios, necesitarán, antes de su fabricación o importación, ser aprobados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 del RIPCI, justificándose el cumplimiento de lo establecido en las normas UNE 23400 y UNE 23091, respectivamente.
https://extintoresa2j.es/hidrantes-contra-incendios/
¿Cuándo una zona está protegida por hidrantes?
1. Cuando la distancia de recorrido real, medida horizontalmente, a cualquier hidrante, será inferior a 100 m en zonas urbanas y 40 m en el resto.
2. Cuando al menos, uno de los hidrantes (situado, a ser posible, en la entrada del edificio) deberá tener una salida de 100 mm, orientada perpendicular a la fachada y de espaldas ala misma.
3. Si el hidrante que no está situado en la vía pública, la distancia entre el emplazamiento de cada hidrante y el límite exterior del edificio (medida perpendicularmente a la fachada) debe estar comprendida entre 5 m y 15 m.
Características que deben cumplir:
1. Estar situados en lugares fácilmente accesibles, fuera de espacios destinados a la circulación y estacionamiento de vehículos y debidamente señalizados, conforme a lo indicado en el anexo I, sección 2.a, del RIPCI.
2. En lugares donde el nivel de las aguas subterráneas quede por encima de la válvula de drenaje, ésta debe taponarse antes de la instalación. Si hay peligro de heladas, el agua de la columna deberá sacarse después de cada utilización.
3. El caudal ininterrumpido mínimo a suministrar por cada boca de hidrante será de 500 l/min. Donde la utilización del hidrante sea únicamente el llenado de camiones (zonas urbanas), la presión mínima requerida será 100 kPa (1 kg/cm2) en la boca de salida. En el resto de zonas, la presión mínima en la boca de salida será 500 kPa (5 kg/cm2), para contrarrestar la pérdida de carga de las mangueras y lanzas.
Para saber más sobre los hidrantes pincha en el siguiente enlace:
https://extintoresguadalajara.com/los-hidrantes-2/