Antes de empezar con la instalación, hay que aclarar unas definiciones importantes que podemos encontrar en el REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (RIPCI):
Protección activa: conjunto de medios, equipos y sistemas, manuales o automáticos, cuyas funciones son la detección, control y/o extinción de un incendio. De este modo se facilita la evacuación de los ocupantes e impide que el incendio se propague.
Productos de protección contra incendios: equipos, sistemas y componentes que integran las instalaciones de protección activa contra incendios.
Marcado CE: marcado por el que el fabricante indica que el producto es conforme a todos los requisitos aplicables establecidos en la legislación comunitaria y armonización que prevé su colocación.
Empresa instaladora: entidad que, siguiendo las indicaciones del proyecto o de la documentación técnica y cumpliendo las condiciones establecidas en este Reglamento, realiza una o varias de las siguientes actividades:
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Ubica y/o instala equipos y/o sistemas de protección activa contra incendios.
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Coloca las señales, balizamientos y/o planos de evacuación de los sistemas de señalización luminiscente.
Evaluación técnica: valoración de los requisitos básicos sobre el uso previsto, evaluación y seguimiento del control de producción en fábrica de equipos, sistemas o sus componentes, de protección contra incendios.
Puedes consultar estos datos y más relacionados con la instalación en el siguiente enlace (RIPCI)
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-6606
https://extintoresa2j.es/category/alarmas-contra-incendios-2/
En los establecimientos y zonas de uso industrial dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales (R.D 2267/2004, de 3 de diciembre), la instalación de los equipos y sistemas de protección contra incendios incluidos en el RIPCI requerirá la presentación de un proyecto o documentación técnica, ante los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma.
El proyecto será redactado y firmado por técnico titulado. En dicho proyecto se debe indicar los equipos y sistemas que ostenten marcado CE, sujetos a marca de conformidad a normas o que dispongan de una evaluación técnica de la idoneidad para su uso previsto.
El proyecto, en su estructuración y contenido, será conforme a lo establecido en la UNE 157001, sin perjuicio de lo que establezcan las Administraciones públicas.
En los edificios a los que sea de aplicación el Código Técnico de la Edificación (CTE), las instalaciones de protección contra incendios se atendrán a lo dispuesto en el mismo.
Aquí tienes otros posts relacionados con las instalaciones de protección contra incendios.
https://www.extintoressevillaa2j.com/blog/detectores-autom%C3%A1ticos-contra-incendios
https://extintoresguadalajara.com/proteccion-contra-incendios-en-edificios/